En el DIF Estatal no existen requerimientos por parte de autoridades jaliscienses respecto al tema de tráfico de menores: Ramírez Málaga

Fecha de publicación: 20 de enero de 2012
 

 


En el DIF Estatal Colima, no tenemos ningún requerimiento de manera oficial por parte de la autoridad de Jalisco respecto al tema de tráfico de menores, lo único que sabemos es lo que se ha dado a conocer a través de los medios de comunicación, donde el Procurador jalisciense comentó que muchos de estos casos eran provenientes de nuestra entidad.


 

Lo anterior, fue expresado por el director de Asistencia Jurídica de la institución, José Luis Ramírez Málaga en entrevista con algunos corresponsales de medios nacionales, donde agregó que por instrucciones del gobernador Mario Anguiano Moreno y de la presidenta del patronato DIF y voluntariado estatal, Alma Delia Arreola de Anguiano, estará al pendiente de cualquier situación que se dé con relación al mismo.


“Nosotros estamos con toda la disposición de cooperar con todas las autoridades que nos requieran para solucionar este asunto y para prevenirlo”, señaló.


Ramírez Málaga explicó que el papel que juega el DIF en materia de adopción plena a petición de la parte interesada es llevar a cabo los estudios de trabajo social y de psicología respecto a los padres adoptivos, mismos que obedecen a la petición de un juez.


El titular de Jurídico del DIF puntualizó, que el DIF estatal a reserva de los menores que se encuentran bajo su custodia no realiza trámites de adopción y que por así permitirlo nuestra legislación son los particulares los que deben ir y tramitar ante los juzgados cualquier tipo de adopción, ya sea ésta plena ó internacional.


José Luis Ramírez aclaró y precisó que el papel del Sistema Estatal DIF, atiende meramente a petición de la parte interesada de sujetarse al estudio de trabajo social y de psicología respecto de los “padres adoptivos”, cuando las adopciones, reiteró, son entre particulares.


Señaló que en materia de adopción internacional, existe un capítulo del Código Civil y de acuerdo a la Convención de La Haya, suscrita por México en el año de 1993 y ratificada por el Senado de la República en 1995, el DIF viene a jugar prácticamente lo mismo, con la adición de cerciorarse que el menor es sujeto de ser adoptado y que se cumplan las formalidades del procedimiento de acuerdo a nuestra legislación aplicable.


Precisó el Director de Asistencia Jurídica que en las adopciones internacionales, los expedientes de origen de los posibles padres adoptivos son analizados por diversas autoridades centrales, y que a decir de la Convención, en nuestro país son tres: primeramente la Secretaría de Relaciones Exteriores, que funge como consultora jurídica y es el primer filtro; sigue el DIF Nacional y en tercero el sistema DIF del estado, en donde se va realizar el trámite de adopción.


Para finalizar expresó que el DIF Estatal es una instancia de asistencia social, que estará atenta a este tema y a cualquier requerimiento que le haga la autoridad competente para coadyuvar en la protección de nuestra niñez colimense


 


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DIF Estatal Colima, Tel. +52 (312) 31 631 00, Contacto e-mail: taydehugo@gmail.com
Actualizado 05/05/2024


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